Para todos es un reto es estar al corriente del pago de impuestos a Hacienda, pero para los freelance, un poquito más, y es que te guste o no, hay clientes que piden factura, por lo que deberás declarar y pagar impuestos; y aunque el Sistema de Administración Tributaria (SAT) tenga una serie de orientaciones en su página, aquí te explicaremos más fácil, con ayuda de los contadores de la FESE Alejandra González y Javier Mejía, qué cosas puedes declarar y qué régimen te conviene más.

Freelance es una persona autónoma que trabaja por proyectos, y no de forma fija en un lugar; recibe un salario sin derecho a prestaciones de ley como los empleados de base, pero es libre de administrar sus tiempos a como mejor le convengan, puede trabajar desde casa, o en cualquier lugar donde tenga una computadora e Internet.

1.Primero debes elegir el régimen fiscal que más te convenga:

  • Personas físicas con actividad profesional: te conviene si prestas algún servicio, como son los diseñadores, abogados, comunicólogos, fotógrafos, músicos, etcétera.
  • Personas físicas con actividad empresarial: te conviene si te dedicas a comercializar algún producto.

2.Junta todos tus documentos y haz tu trámite en el SAT, puedes consultar su página y hacer una cita aquí.

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3.Prevé los gastos en los que vas a incurrir de acuerdo a tu actividad económica, así como los nuevos gastos que tendrás que pagar, como los honorarios de un contador, y destina un porcentaje de tu salario al ahorro.

4.¿Qué gastos podrías deducir?

*Todos los gastos relacionados a tu profesión.

*Piensa a qué te dedicas y los materiales que utilizas.

*Checa los porcentajes, pues éstos cambian cada año.

*Genera tus facturas con tus recibos, guárdalos todos.

  • Papelería
  • Artículos de escritorio
  • Internet
  • Cursos
  • Diplomados
  • Depreciación mensual de tu computadora
  • Equipo de oficina
  • Depreciación de equipo de transporte (que no tenga un costo mayor a 130 mil aproximadamente)
  • Luz (Del lugar donde realices tu trabajo, incluso si es tu casa, saca tu factura con tu recibo)
  • Teléfono
  • Construcciones
  • Alimentación (el porcentaje permitido por la ley que cambia cada año 12.5 aproximadamente)

*Lamentablemente, no puedes deducir artículos de lujo.

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5.Recuerda pedir factura cada vez que realices tus gastos.

6.Si en algún periodo no percibes ingresos, declara en ceros; y si suspendes actividades, avísale al SAT.

7.Ten en cuenta las constantes actualizaciones que realiza el SAT, a través de la miscelánea fiscal.

8.Recuerda que el incumplimiento de tus obligaciones fiscales puede derivar en multas y sanciones.

9.Mantente al corriente en tu declaración de impuestos, es la forma más fácil de pagar menos, pues evitas multas y sanciones.